En resumen
Redimensionar una instalación eléctrica es adaptar el cableado, las protecciones, los cuadros y, si hace falta, la acometida a una nueva demanda de potencia o a un cambio de uso. No es lo mismo que subir la potencia contratada: la potencia contratada nunca debe superar la potencia máxima admisible que figura en el certificado de la instalación. Si la ampliación es importante, la instalación debe adaptarse al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) vigente. Después se documenta con una memoria técnica o un proyecto y se registra de nuevo ante Industria.
Potencia contratada, potencia máxima admisible y potencia instalada: no confundirlas
| Concepto | Qué es | Dónde aparece |
|---|---|---|
| Potencia contratada | La que pagas a la comercializadora y limita el interruptor de control. | Factura |
| Potencia máxima admisible | La máxima que soporta la instalación con su cableado y protecciones. | Certificado de instalación («boletín») |
| Potencia instalada o prevista | La suma de los receptores y circuitos previstos en el diseño. | Memoria técnica o proyecto |
Si quieres contratar más potencia que la máxima admisible, la distribuidora te pedirá un certificado nuevo. Y para emitirlo, la instalación tiene que estar preparada para esa potencia. Ahí empieza el redimensionamiento.
¿Cuándo hay que redimensionar una instalación eléctrica?
- Instalas nueva maquinaria, una línea de producción, climatización o una cocina industrial.
- Cambias el uso del local: de vivienda a comercio, de oficina a hostelería, de almacén a taller.
- Añades puntos de recarga de vehículo eléctrico o un autoconsumo fotovoltaico.
- Saltan las protecciones con frecuencia o los cables y bornes se calientan.
- Una inspección de la OCA detecta defectos por secciones o protecciones insuficientes.
¿Qué riesgos tiene una instalación subdimensionada?
- Calentamiento y riesgo de incendio: un cable que conduce más corriente de la que admite se calienta y degrada su aislamiento.
- Disparos continuos de las protecciones. Lo peligroso es la «solución» habitual: poner un magnetotérmico de más calibre. Eso deja el cable sin protección frente a la sobrecarga.
- Caídas de tensión que afectan a motores, variadores y equipos electrónicos.
- Problemas con el seguro si hay un siniestro en una instalación que no cumple el REBT.
- Defectos graves en la inspección de la OCA, que pueden impedir abrir o seguir con la actividad hasta corregirlos.
¿Qué documentación hace falta?
El REBT se aplica también a las ampliaciones y modificaciones de importancia de las instalaciones existentes. Según la ITC-BT-04, hay que documentar de nuevo la instalación con:
- Memoria técnica de diseño, si la instalación resultante no supera los umbrales de proyecto.
- Proyecto firmado por un técnico titulado, si los supera. Por ejemplo: industria de más de 20 kW, pública concurrencia o garajes con ventilación forzada. También si la ampliación es de gran entidad respecto a la instalación original.
- Inspección inicial de la OCA, cuando el tipo de instalación lo exige según la ITC-BT-05.
- Nuevo certificado de instalación de la empresa instaladora, registrado ante Industria del Gobierno Vasco.
- Expediente con la distribuidora, si la nueva potencia supera lo que permite la acometida actual.
La tabla completa de cuándo hace falta proyecto está en nuestra guía sobre la memoria técnica de diseño.
¿Cómo se redimensiona, paso a paso?
- Inventario de cargas y previsión: qué equipos hay, cuáles se añaden y cómo funcionan a la vez (coeficientes de simultaneidad).
- Revisión de lo existente: secciones, protecciones, cuadros, puesta a tierra y estado de la acometida.
- Cálculo: intensidades admisibles, caídas de tensión, cortocircuito y selectividad de las protecciones.
- Diseño de la solución: qué se reutiliza, qué se sustituye y si hay que pedir más potencia a la distribuidora.
- Documentación y tramitación: memoria o proyecto, expediente con la distribuidora si aplica, ejecución, OCA si aplica y registro ante Industria.
Caso real en Bilbao
Un antiguo local de Abando iba a convertirse en un restaurante para cien comensales, y su potencia no era suficiente para la nueva actividad. Estudiamos el alcance y tramitamos con i-DE el aumento de potencia a 30 kW. También redactamos el proyecto de obra civil para los permisos del Ayuntamiento de Bilbao y coordinamos la conexión de la nueva línea. El restaurante pudo abrir con una instalación preparada para su uso real.
Cómo te ayuda Griddex
Analizamos la instalación existente y la nueva demanda, calculamos qué hay que cambiar y qué se puede aprovechar, y redactamos la memoria o el proyecto. Si hace falta, tramitamos el aumento de potencia con la distribuidora y legalizamos el resultado ante Industria. Trabajamos en Bizkaia, Gipuzkoa, Álava, La Rioja, Navarra, Cantabria y Burgos.
Para estudiar tu caso, envíanos:
- Una factura reciente.
- Fotos del cuadro general.
- La lista de equipos nuevos con su potencia.
Más información en proyectos eléctricos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo subir la potencia contratada sin tocar la instalación?
Solo hasta la potencia máxima admisible de tu certificado de instalación. Por encima, la distribuidora pedirá un certificado nuevo, y la instalación debe estar preparada para esa potencia.
¿Tengo que adaptar toda la instalación al REBT actual?
No siempre. Las modificaciones de importancia sí deben cumplir el reglamento vigente, y lo habitual es adaptar al menos la parte afectada por la ampliación. Lo que hay que cambiar se decide tras revisar la instalación.
¿Cuándo hace falta un centro de transformación?
Cuando la potencia que necesitas no puede atenderse desde la red de baja tensión de la zona. Lo indica la distribuidora en su carta de condiciones. Consulta nuestros proyectos de media y alta tensión.
¿Qué es mejor: redimensionar o hacer una instalación nueva?
Depende del estado y la antigüedad de lo existente. Si los cuadros, la tierra y las canalizaciones están bien, suele compensar ampliar. Si la instalación es muy antigua o no cumple en muchos puntos, a menudo es más barato y seguro rehacerla.
Fuentes
- Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, ITC-BT-04 y ITC-BT-05. BOE.
- Gobierno Vasco, «[BT] Tramitación de instalaciones eléctricas de baja tensión». euskadi.eus.
Última revisión técnica: octubre de 2026.

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